PAÍS VASCO Y NAVARRA: ¿Un socio ha prestado dinero a su sociedad?
Esto le interesa.
Estas son las consecuencias fiscales de la operación de préstamo
- Si el socio que efectúa el préstamo tiene al menos el 25% del capital, la operación se considera vinculada, y ambas partes deben tributar como si se devengasen intereses a valor de mercado, incluso aunque no se hayan pactado (es decir, según el tipo de interés que acordarían partes independientes).
- Si el importe del préstamo es desproporcionadamente alto con relación al capital que ostenta el socio, éste se va a ver penalizado en su tributación en Renta.
- Cuando los intereses sean exigibles, la sociedad deberá practicar una retención del 19% sobre ellos.
Si no lo va a devolver, páselo a capital
Además, puede suceder que el préstamo se mantenga durante un largo plazo (porque la sociedad tiene dificultad para devolverlo o porque simplemente va más holgada si no lo hace). En estos casos, es aconsejable poner orden y, si es necesario, pasarlos a capital. De esta forma, mejora la imagen contable de la empresa frente a los bancos (se reducen las deudas y aumentan los fondos propios) y aumentan las posibilidades de conseguir financiación en condiciones más favorables.
Pasar el préstamo a capital puede realizarse mediante un aumento de capital por compensación de créditos. No obstante, debe valorarse cómo quedan los restantes socios (si los hay) y documentar la operación de forma adecuada.
Si su empresa ha recibido o piensa recibir préstamos de los socios, analizaremos con usted la situación para proponer la solución más adecuada desde el punto de vista fiscal y mercantil.CONTENIDO RELACIONADO
-
PAÍS VASCO: ¿Está exenta la indemnización por despido?
Si una empresa despide a un trabajador, la exención en Renta de la indemnización sólo opera si hay desvinculación con la empresa.
-
PAÍS VASCO Y NAVARRA: ¿Va a optar por el REDEME?
El régimen de devolución mensual en el IVA puede suponer ahorros financieros para su empresa.
-
PAÍS VASCO: Pronto hay que presentar el modelo 232
Recuerde que debe presentarse durante el mes de noviembre.
ÁREA DE COLABORADORES
Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.